Calificación Energética de Vivienda (CEV) – Evaluador acreditado MINVU
Desarrollamos la CEV en todas sus etapas: precalificación provisoria, precalificación energética y calificación para la recepción definitiva de obras. Trabajamos con constructoras, inmobiliarias y entidades patrocinantes.
En 2026 hicimos la precalificación CEV de un condominio DS19 en Ovalle (las 5 tipologías obtuvieron letra B) y la calificación de 19 viviendas del Barrio Sustentable PDA II en Machalí.
¿Conoces la ley 21.305?
Es la ley sobre Eficiencia Energética publicada por el Ministerio de Energía el 13 de febrero de 2021, que tiene por objeto promover el uso racional y eficiente de los recursos energéticos mejorando la calidad de vida, y contribuyendo con el desarrollo sostenible del país.
Para el logro de este objetivo en la edificación, se establece que la calificación energética será obligatoria desde el 05 de octubre de 2025 para la obtención de la recepción definitiva de obras, respecto de proyectos desarrollados por empresas constructoras e inmobiliarias y por los Servicios de Vivienda y Urbanización.

¿Cuándo necesitas hacer una CEV?
La CEV es obligatoria para:
- Vivienda nueva (casas y departamentos) cuya Solicitud de Permiso de Edificación o Anteproyecto se ingresó a partir de la entrada en vigencia de la Ley 21.305
- Proyectos en que participan empresas constructoras, inmobiliarias o Servicios de Vivienda y Urbanización (SERVIU)
- Toda vivienda nueva que se publicite en Chile, que debe informar su calidad térmica mediante la CEV
Es requisito para obtener la Recepción Definitiva de obras ante la Dirección de Obras Municipales. Si el proyecto no involucra una empresa constructora o inmobiliaria (por ejemplo, autoconstrucción particular), la obligatoriedad no aplica, aunque puede evaluarse de forma voluntaria.
¿Qué es la Calificación Energética de Viviendas CEV?
La Calificación Energética de Viviendas en Chile (CEV) es un instrumento diseñado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en conjunto con el Ministerio Energía, que inició su funcionamiento el año 2012 y tiene el fin de entregar información objetiva tanto a usuarios que proyectan la compra de una vivienda, como a los mandantes de los proyectos.
Para realizar la evaluación se consideran aspectos como transmitancia térmica de la envolvente (es decir, techo, muros exteriores, pisos, ventanas y puertas), inercia térmica, orientación de la vivienda, puentes térmicos de la envolvente, nivel de infiltraciones y tipo de ventilación.

fig. 1 Escala de la CEV
Estos aspectos directamente relacionados con la Arquitectura del proyecto, se traducirán en una etiqueta que indica la eficiencia energética propia de cada unidad de vivienda o departamento así como en el sello de eficiencia energética y el informe de calificación de eficiencia energética.
Dentro del marco de la Ley 21.305 sobre Eficiencia Energética promulgada el 2021, se establece la obligatoriedad para vivienda nueva (casas y departamentos) desarrollada por empresas constructoras, inmobiliarias y Servicios de Vivienda y Urbanización (SERVIU), que deberán contar con una Calificación Energética para obtener la recepción final o definitiva por parte de la Dirección de Obras Municipales respectiva.
Cabe destacar que solo un evaluador energético registrado por el MINVU puede realizar las acreditaciones CEV, como consultores en Transmitancia Consultores estamos certificados para estos efectos.
Etapas de la Calificación Energética
Puedes solicitar la CEV en distintas etapas de tu proyecto:
- **Precalificación Provisoria** — para proyectos que aún no cuentan con Permiso de Edificación (anteproyecto). Entrega una etiqueta provisoria, válida hasta obtener el permiso.
- **Precalificación Energética** — para proyectos con Permiso de Edificación ya aprobado por la DOM. Entrega etiqueta e informe, válidos hasta la calificación definitiva o la recepción de obras.
- **Calificación Energética** — para viviendas ya construidas y en concordancia con el Permiso de Edificación (requiere visita a terreno del evaluador). Entrega etiqueta e informe válidos por 10 años. **Esta es la etapa que exige la DOM para otorgar la Recepción Definitiva de obras** — la precalificación no reemplaza este requisito.
- **Calificación de vivienda existente** — para viviendas que ya cuentan con Recepción Definitiva de obras.
Preguntas frecuentes sobre la Calificación Energética de Vivienda
¿Es obligatoria la Calificación Energética de Vivienda?
Sí. Desde el 5 de octubre de 2025, es obligatoria para obtener la recepción definitiva de obras de proyectos desarrollados por empresas constructoras, inmobiliarias y SERVIU, según la Ley 21.305 de Eficiencia Energética.
¿Quién puede realizar la CEV?
Solo un evaluador energético registrado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) puede realizar la acreditación. En Transmitancia Consultores estamos certificados para este trámite.
¿A qué proyectos aplica?
Aplica a vivienda nueva (casas y departamentos) presentada por empresas constructoras, inmobiliarias o SERVIU, que requiera Recepción Definitiva de obras ante la Dirección de Obras Municipales. También es obligatorio informarla en la publicidad de viviendas nuevas. Será solicitado por la DOM en etapa de RECEPCIÓN DEFINITIVA.
¿Necesitas una CEV para tu proyecto?
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O escríbenos a contacto@transmitanciaconsultores.cl
